lunes, 3 de diciembre de 2007

Dilemas del inicio y del final de la vida

El ABORTO
En el género de las interrupciones voluntarias del embarazo existen variadas figuras que responden a situaciones clínicas muy diversas. Su especificación moral será valorada desde distintas concepciones éticas. Así, algunas podrán ser lícitas desde una óptica de las llamadas éticas de la tercera persona pero no desde la perspectiva de una ética de fines o de la virtud, donde es el agente que se perfecciona al actuar y al perfeccionarse, de él procederá la acción perfecta. Es el médico quien ha desarrollado sus disposiciones operativas e inclinado su razón y voluntad para reconocer y curar a sus pacientes, y es a él a quien se le hace necesario el curar, solo el mal médico delibera sobre curar o no curar.
Es desde esta óptica, desde el ethos o carácter que el médico ha ido formando, al reconocer el contexto objetivo que le corresponde: la salud de todos sus pacientes, desde donde valoraremos éticamente las interrupciones voluntarias de los embarazos.
Si la razón nos muestra que un embrión es una persona, es para el médico un paciente, si es un paciente, el médico aplica todas sus destrezas y conocimientos para asegurar su salud, no delibera sobre ello, si lo hiciese significaría que aun no ha formado adecuadamente su carácter de médico y necesita una norma o guía externa.
Toda acción u omisión del médico que consista en matar directamente a su paciente no solo es ilícita, sino que significa que no es un buen médico, que su carácter está deformado y de manera más fuerte significa que no es propiamente un médico.
Toda aquella interrupción de un embarazo que implique que con esa acción el médico provoque una muerte directa a un embrión o feto, es decir que su muerte sea buscada o intentada como fin o como medio, es ilícita. Incluyo en estas, las interrupciones llamadas “libres”, eugenésicas y éticas, son estas interrupciones a las que corresponde el término aborto provocado o inducido. La inteligencia muestra que ninguna circunstancia o bien ulterior buscado puede legitimarlas.
También incluyo en ellas las interrupciones terapéuticas para la madre cuando lo buscado e intentado en la acción es la muerte del feto como medio para mejorar el pronóstico materno. Son estas últimas interrupciones las que corresponderían al llamado aborto terapéutico, denominación engañosa que no debiera usarse ya que induce a pensar en una acción legítima, utilizando el sentido benévolo que el concepto de terapia tiene para médicos y pacientes. Provocar directamente la muerte de un paciente no puede ser considerado nunca como una terapia.
Por el contrario, que cuando un médico decide una acción en una situación difícil en la cual después de agotar todos los recursos de que dispone, decide que la única opción de 93
Análisis ético sobre las interrupciones del embarazo, el aborto provocado y el aborto terapéutico sobrevida para la madre y para el feto es interrumpir ese embarazo, y además procura una proporcionada atención para ellos, aunque sepa que el feto irremediablemente va a morir, no solo esta acción no corresponde a un aborto procurado, sino que es una acción terapéutica lícita, propia de un ethos o carácter médico bien formado, ya que aquí la muerte del feto es un efecto previsible no deseado, no intentado y solamente aceptado después de ponderar adecuadamente la gravedad de las circunstancias.
Definiciones y clasificaciones
Para centrar el problema, es útil precisar algunas definiciones. De acuerdo a su finalidad y circunstancias, los abortos provocados han sido clasificados en los siguientes tipos:
Aborto libre.
Es el aborto realizado bajo el supuesto derecho que tendría la mujer para interrumpir su embarazo. Se invocan una serie de motivaciones, las más frecuentes son las económicas o sociales. Bajo este concepto, algunos aceptan como suficiente la voluntad de la mujer y bastaría el hecho de ser un embarazo no deseado.
Aborto eugenésico.
Es aquel que pretende la eliminación de un feto cuando se puede predecir con probabilidad o certeza que nacerá con un defecto o enfermedad.
Aborto por razones médicas o terapéuticas.
Es aquella interrupción voluntaria de un embarazo antes de la viabilidad fetal por razones de salud materna.
Aborto por motivaciones mixtas.
Se refiere a la llamada reducción fetal selectiva, que pretende eliminar algunos embriones en el caso de embarazos múltiples, con el fin que otros tengan mejor probabilidad de sobrevivir.
Aborto por razones médicas o terapéuticas
Es la interrupción voluntaria de un embarazo antes de la viabilidad fetal (23 semanas o menos de 500 g) por razones de salud materna. Se invocan aquí razones de tipos preventivas y curativas. Serían preventivas en el caso que se considerara que la gestación podría agravar o empeorar el pronóstico de una enfermedad de base y curativa cuando se considera que el embarazo está causando un peligro para la vida de la madre. Por ejemplo, en el caso de enfermedades psiquiátricas, se considera preventivo el evitar una descompensación psicótica postparto y curativo el impedir un eventual suicidio en el caso de rechazar la solicitud del aborto.
Dificultades de la definición.
El concepto de aborto terapéutico es muy amplio, ya que diferentes autores consideran como tal:
Sólo casos en que el embarazo esté poniendo en peligro la vida de la madre.
Cuando agrava el pronóstico materno en casos de alguna enfermedad.
Cualquier aborto provocado. Cito aquí a Benjamín Viel: "Si Salud para la OMS es la condición de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad. Ante tal definición me pregunto, ante una mujer que solicita aborto y que está físicamente sana, ¿está acaso mental o socialmente sana? Si no lo está tendría su salud alterada y si la tiene, la medicina debe ayudarla. Al aceptar tal definición todo aborto inducido es terapéutico".
Cualquier aborto provocado por un médico. Como los médicos realizan terapias, cualquier aborto realizado por un médico sería terapéutico.
En el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, en la década entre los años 1930-1940, las únicas indicaciones de aborto por razones médicas eran tuberculosis materna, valvulopatía (estenosis mitral) e hiperemesis dravídica severa. Sin embargo, siguen presentándose con frecuencia situaciones cuya resolución por parte del médico podría, de acuerdo a la definición, constituir un aborto del tipo terapéutico. A continuación presentaré tres casos reales de cierta frecuencia en nuestro medio.
Es necesario analizar en el contexto de las acciones terapéuticas, las interrupciones de un embarazo por indicación médica.
En efecto, en la práctica de la medicina y en forma especial en la gineco-obstetricia es frecuente que se plantee en una paciente embarazada, que este va a ser atendida, colabora con el médico aportándole toda la información necesaria para ello, incluso lo que atañe a su intimidad espiritual y corporal. El médico a la vez, al aceptarlo como su paciente se compromete no solo a respetar esa confianza, sino que a realizar solamente esas acciones que tiendan a mejorar su condición de necesidad.
Este acuerdo en el que se funda una adecuada relación médico-paciente no necesita una explicitación. Surge espontáneamente cuando estas dos personas, una que solicita y otra que acepta se ponen en contacto. Vemos, entonces, que se trata de una relación interpersonal, son dos personas relacionadas por un vínculo de necesidad y ayuda.
Es de naturaleza tan implícita que ni siquiera requiere un contacto físico inmediato ni una adecuada comunicación ya que se establece incluso tácitamente en ciertas condiciones en las cuales una persona que necesita ayuda no es capaz de solicitarla. Un médico establece esa relación con las mismas condiciones frente a una persona en coma o frente a un niño pequeño. Tanto es así, que la obligación que surge en este vínculo lo compromete con su paciente incluso contra la posición de sus familiares, si el bien de esta persona a su cuidado así lo amerita.
El feto es una persona.
Desde que aparece en el ser en algún momento después de la unión de ambos gametos, su naturaleza racional se va desplegando en el tiempo, constituyendo progresivamente los órganos necesarios para ejercer plena y actualmente la inteligencia y libertad, facultades que en un comienzo existen en estado de posibilidad.
El hecho de no ejercer las operaciones propiamente humanas por tenerlas en potencia o por algún defecto o enfermedad surgida en su desarrollo, no determina que no exista un sujeto de naturaleza racional. Eso solo indica que las operaciones más propias del hombre y que lo especifican como tal, no se expresan por falta de desarrollo o por defecto de los órganos corporales necesarios para el ejercicio de aquellas funciones.
La naturaleza personal del embrión o feto es entonces lo que funda el estatuto de paciente para él. No se necesita una petición de ayuda por su parte, para que un médico le otorgue los cuidados que requiere para asegurar que su desarrollo se complete adecuadamente o para que, expuesto a una situación de riesgo o enfermedad, le realice las acciones médicas necesarias para su mejoría.
El médico enfrentado a una mujer embarazada, debe desde ese mismo instante considerar que frente a él se hallan dos pacientes: la madre, que habitualmente le solicita sus cuidados para ella y también para su hijo, y ese hijo que es su paciente aún sin solicitarlo, ya que no puede. Más aun, es su paciente incluso en los casos en que la madre no solo no solicita cuidados para él, sino que solicita alguna acción diagnóstica o terapéutica que puede significar un daño para él.De lo anterior se desprende la irracionalidad de toda acción realizada por un médico cuyo fin sea provocar la muerte del embrión.
La naturaleza personal del embrión o feto, su condición de vulnerabilidad, su imposibilidad de solicitar ayuda, lo convierten en uno de los seres humanos más necesitados de la acción de un médico. Sin embargo, entendemos que puedan existir situaciones límites en las cuales las decisiones para un médico puedan ser difíciles y de cuyo análisis trata esta sección.

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